Tribunal deja sin efecto solicitud de revisión de medida de coerción que pesa contra fiscal acusado de soborno

SANTO DOMINGO, RD.- Sin efecto fue dejada la solicitud de revisión de medida de coerción que pesa en contra del fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir 10 mil dólares en soborno de un testigo del caso SeNaSa.

Según explicó el Ministerio Público, la jueza de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Nancy Joaquín, tomó la decisión debido a que la solicitud de variación de la medida no se hizo dentro del plazo correspondiente.

El director general de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, afirmó que la medida en contra del fiscal Aurelio Valdez entro en efecto a partir del tres de junio, luego de un recurso que conoció la Suprema Corte de Justicia, por lo que no le correspondía revisión.

Camacho indicó cuál es la nueva fecha para revisar nuevamente la medida de tres meses de prisión preventiva que cumple el representante del Ministerio Público en Najayo Hombres.

"En el día de hoy, en el inicio de la audiencia, el Ministerio Público planteó que no procedía la revisión de la medida de coerción en el día de hoy como consecuencia del recurso que recientemente conoció la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el día 3 de junio; y el párrafo tres cero (3.0) del artículo 243 del Código Procesal Penal establece que, a partir de un recurso se debe hacer un reconteo de la fecha para la revisión obligatoria. Esa fecha corresponde al 3 de septiembre", dijo Camacho.


De su lado, la defensa del procurador fiscal reaccionó inconforme con la decisión de la jueza, que asegura afecta los derechos de su defendido, tomando en consideración que el tribunal debe fallar siempre en favor de la persona objeto del proceso.

Medrano calificó la disposición de la magistrada Nancy Joaquín como peligrosa y un mal precedente que podría afectar en el futuro a otros ciudadanos.

"Es posible que nosotros tengamos un trastocamiento en la aplicación de la figura jurídica que contiene el Código Procesal Penal. ¿Qué ocurrió? bueno, algo inaudito. Recuérdense señoras y señores que aquí estamos en un caso como si fuera en primera instancia, solo que por la condición de la jurisdicción privilegiada que tiene el procurador fiscal Aurelio Valdez, se conoce en sede de la Corte de Apelación", externó Medrano.

Para todo el país, para todos los códigos, que son los jueces, porque cada juez parece ser un código. En todos los códigos la prisión preventiva y el plazo de la investigación, valga la redundancia, tiene un plazo de revisión de tres meses, afirmó el jurista.

El Ministerio Público acusa al fiscal de violar varios artículos del Código Penal Dominicano, así como la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Conforme a las investigaciones del órgano persecutor, Aurelio Valdez Alcántara habría exigido a Pedro Canaán, testigo en caso del supuesto desfalco al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), la suma inicial de 200 mil dólares, reduciéndola luego a 150 mil, un reloj marca Rolex y un automóvil Mercedes Benz.

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