Juristas dicen encuestas políticas son informaciones de interés público protegidas por la Constitución

SANTO DOMINGO.- La disposición de la Junta Central Electoral que prohibe la publicación de las encuestas fuera de la campaña electoral ha abierto un debate jurídico y constitucional sobre el alcance de las facultades reglamentarias de la JCE y la protección de la libertad de expresión e información.

El Reglamento, dado a conocer el pasado viernes 22 de mayo, establece que las encuestadoras que divulguen estudios antes del inicio formal de la precampaña podrán ser suspendidas entre seis meses y un año o perder definitivamente su registro en caso de reincidencia.

Juristas consultados dicen que las encuestas electorales no son únicamente herramientas técnicas o de propaganda política, sino también información de interés público protegida constitucionalmente, en la medida en que reflejan tendencias, estados de opinión y preferencias del electorado.

Indican que el principal cuestionamiento legal se concentra en la prohibición absoluta de publicar encuestas antes del período oficial de precampaña.

Especialistas en derecho condstitucional dicen que un reglamento administrativo no puede impedir anticipadamente la difusión de información política veraz, especialmente cuando la Ley 20-23 regula las encuestas, pero no establece expresamente una prohibición tan amplia.

Entienden que principios como la libertad de expresión, el derecho a informar, la reserva de ley y la proporcionalidad de las restricciones a derechos fundamentales están involucrados en esa prohibición.

La prohibición de publicar encuestas antes de la campaña electoral afecta a firmas encuestadoras y partidos, y potencialmente a medios de comunicación, analistas, universidades y centros de investigación que publiquen estudios de opinión.

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