Permiso laboral de lunes a viernes; jueza liberta a condenado por el asesinato del periodista José Silvestre; había amenazado de muerte a Alicia Ortega

SAN PEDRO DE MACORÍS.– Matías Avelino Castro, condenado a 20 años de prisión por su participación en el asesinato del periodista José Agustín Silvestre en 2011, obtuvo un permiso laboral que le permite salir del Centro de Corrección y Rehabilitación CCR-14, Anamuya, Higüey, La Altagracia, de lunes a viernes, regresando al penal únicamente los fines de semana.

Matías Avelino Castro en abril del 2018 profirió amenazas de muerte a la periodista Alicia Ortega, luego de un reportaje sobre el asesinato del comunicador José Silvestre.

La medida fue otorgada por la jueza Haydeliza Ramírez Henríquez, del Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, como prueba será inicialmente por un año, desde el 14 de julio de 2025 hasta el 20 de julio de 2026.

El beneficio busca facilitar que Avelino Castro pueda desempeñarse en un empleo digno y remunerado, bajo la supervisión de su garante, Ramón Antonio Guzmán Saviñon, quien le ha asignado funciones como vendedor de seguros de vehículos con un salario de 30 pesos mensuales.

Durante la vigencia del permiso, el condenado deberá cumplir estrictamente varias condiciones, que incluyen residir en su domicilio declarado en Santo Domingo Este, abstenerse del consumo de alcohol y drogas, no portar armas y presentarse puntualmente cada viernes ante la dirección del centro penitenciario.

El incumplimiento injustificado de estas normas puede derivar en la revocación del beneficio y su reintegro permanente al CCR-14.

El 10 de abril de 2018, fue condenado por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de San Pedro de Macorís, junto a Elvin Canario de Oleo y Ángel Amed Mañón Gutiérrez, quienes recibieron 30 años de prisión y fueron obligados al pago de ocho millones de pesos como indemnización.

El tribunal en ese entonces consideró válidas las pruebas presentadas por la Fiscalía de San Pedro de Macorís y la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, que demostraron su participación en el asesinato del periodista y la comisión de delitos relacionados con lavado de activos y violaciones legales.

Justificaciones del juzgado para el permiso laboral

Para fundamentar su decisión, la magistrada destacó que la Junta de Tratamiento del centro penitenciario había evaluado al interno y remitido un informe recomendando el otorgamiento del beneficio.

Según la resolución, el condenado ha mostrado constantes hábitos de trabajo y dedicación al estudio, certificados en el informe de conducta del 12 de marzo de 2025, donde se califica su comportamiento como muy bueno.

La jueza recordó además que los tratados internacionales sobre derechos humanos, como el artículo 10, numeral 3, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establecen que la función del régimen penitenciario es promover la reforma y la reinserción social de quienes cumplen condena.

Asimismo, señaló que la Ley 113-2021, que regula el sistema penitenciario dominicano, contempla la posibilidad de periodos de prueba destinados a que el interno pueda integrarse progresivamente a un régimen abierto o semiabierto. Este mecanismo busca fomentar la autodisciplina y facilitar la reinserción efectiva en la sociedad.

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