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Distribuidores de vehículos solicitan prórroga entrada en vigencia norma general 06-2022 de la DGII

REPÚBLICA DOMINICANA.- La Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (ANADIVE), Asociación de Importadores de Vehículos Usados (ASOCIVU) y Asociación de Dealers del Cibao (ADECI) reiteran a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) su solicitud de prórroga por noventa (90) días, la entrada en eficacia de la Norma General Número. 06-2022, que Regula la Aplicación de la Exigibilidad de la Constancia Fehaciente de Pago por parte de esa institución en los Trámites de Vehículos de Motor y Remolques.

Indican que dicha norma estaba pautada de fecha 29 de marzo de 2022, pautada para el 12 de diciembre del presente 2022, tal como se ha planteado en varias comunicaciones y en la reunión técnica de la Mesa de Trabajo, celebrada el 22 de noviembre del presente año.

Una declaración firmada por Cesar De los Santos presidente de ANADIVE, Héctor Rodríguez presidente de Asosivu y José Fernández presidente de ADCI señalan que se eleva la presente solicitud en virtud, de que el instructivo con los procedimientos de aplicación debe ser elaborado y consensuado con los sujetos obligados, atendiendo a las disposiciones establecidas en la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Sostienen que eso en con el fin de no afectar las operaciones y ventas en el sector, ni las recaudaciones fiscales aportadas por la comercialización de vehículos usados, en el marco del principio de asesoramiento que rige la actuación administrativa.

Dicen que igual se persigue esclarecer y edificar a las autoridades competentes, a la opinión pública y a los consumidores en sentido general sobre este particular, las Asociaciones firmantes, se ven obligadas hacer las siguientes precisiones:

Destacan que el umbral de Quinientos Mil Pesos (RD$500,000.00), que representa el punto de referencia para la aplicación de la Norma General Núm. 06-2022, no ha sido indexado atendiendo a las disposiciones de la Ley No.155-17, considerando las atribuciones del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

También por los factores económicos que actualmente afectan los precios de los vehículos usados, los cuales han aumentado en más de un 40% en el mercado internacional, dado el escenario de riesgos presente, impulsado por la inestabilidad económica y los altos niveles de inflación existentes.

Exponen la necesidad de recibir lineamientos precisos sobre las partidas a consignar en las facturas con valor fiscal que acompañan el endoso de vehículos de motor y remolques, en términos determinación de la base imponible del ITBIS, pues la Norma General 06-2022 requiere la presentación de las facturas con sus respectivos comprobantes fehacientes de pago.

Sostienen que eso es considerando el monto envuelto en la venta. En ese sentido, se destaca, que persisten limitaciones para reconocer en DGII, la valoración aduanal aplicada a los vehículos en la Dirección General de Aduanas (DGA).

Aseguran que en la actualidad, no existe un procedimiento establecido para presentar la documentación para los vehículos usados recibidos por los dealers a consignación o como avance a cuentas, que se ven afectados por el pago de los traspasos.

Precisan que en los cuales las personas particulares pagan un 2% y las empresas distribuidoras o dealers sufragan (2% más 18% de ITBIS y 27% de los beneficios obtenidos en la venta), lo que constituye un incentivo a la informalidad y una inequidad tributaria.

Abogan por la aplicación de un Régimen de Tributación Especial (RTE) para el sector automotriz, pues el reglón de vehículos usados genera miles de empleos directos e indirectos, ahorra divisas, crea riquezas para el país, ayuda renovar el parque vehicular.

Afirman que es uno de los grandes contribuyentes a la sostenibilidad del Estado con el pago de aranceles, arbitrios e impuestos internos. Adicionalmente, el subsector de usados, es un dinamizador por excelencia de las actividades económicas, pues engrosa la cartera de los bancos y los seguros.

Sostienen que ese sector impulsa las ventas de repuestos y accesorios, combustibles y lubricantes, neumáticos, baterías y servicios mecánicos, entre otros. Además, es la auténtica representación del progreso económico y social de los dominicanos.

Manifiestan que todo joven que se incorpora al mundo laboral y cada familia que crece aspiran a adquirir un medio de transporte propio, siendo el usado su primera opción.

Informan que en cuanto al pago de impuestos, para el año 2021 Vehículos de Motor, fue la partida arancelaria de mayor aporte, con un 13.48% del total de las recaudaciones aduanales de DGA, y pagó RD$ 25,880.30 MM de Pesos, de los cuales el subsector de usados tributó la suma de RD$ 15,528.1 MM, equivalente

  1. Precisan que el capítulo arancelario vehículos de motor en general, aportó a la DGA y DGII la suma de RD$ 47,000. MM de Pesos en el año 2021, cuando se computan las obligaciones aduanales y los impuestos internos pagado; las unidades usadas tuvieron un mayor aporte, equivalentes a RD$ 29,178. MM, que significó un 62% del monto tributado.
    1. Reiteran la necesidad de conceder una prórroga, para evitar posteriores errores y retrasos en la atención de los trámites de vehículos de motor y que previo a la entrada en vigencia de la citada Norma General se complete el proceso de redacción y socialización del instructivo que aborda los puntos observados por las Asociaciones.
  2. Solicitan que conjuntamente se diseñe e implemente el Régimen de Tributación Especial para el sector vehículos, con la finalidad de armonizar y simplificar las acciones tributarias en el proceso de facturación.

“Las Asociaciones signatarias, como instituciones representativas del sector, hacemos un llamado a la sensatez, para repensar la aplicación de las regulaciones y que éstas no afecten la comercialización, las recaudaciones y la buena marcha del sector” expresan.

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